[VICHADA]DENUNCIA PÚBLICA No1: MUERTE DE NIÑO INDÍGENA DE PUEBLO NÓMADA EN LA ORINOQUIA COLOMBIANA

DENUNCIA PUBLICA No 01.

VICHADA

 

FALLECIMIENTO DE NIÑO INDÍGENA DE PUEBLO NOMADA EN LA ORINOQUIA COLOMBIANA


“Van varios casos que no se cuentan: el etnocidio continúa”.

 

La Corporación Claretiana Norman Pérez Bello, denuncia ante la comunidad nacional e internacional, la muerte del niño Pablo Enikson Santana Bukaba de tres meses de nacido, perteneciente a la comunidad Yajotja del pueblo indígena Waupijiwi, como consecuencia de la grave situación por la diáspora en la que se encuentran el conjunto de la comunidad desde el mes de diciembre de 2017; atendida de manera precaria por el Estado Colombiano.

Nombre: Pablo Enikson Santana Bukaba

Edad: 3 Meses de nacido

Etnia:  Waüpijiwi

Municipio: La Primavera- Vichada

Comunidad: Yajotja

Condición del Pueblo: nómada

 

 

Hechos:

A la 1:00 pm del día viernes 8 de junio de 2018, en zona rural, a una hora del Caserío de la Inspección de Santa Barbara de Agua Verde, en el Municipio de la Primavera (Vichada), muere el niño indígena Waüpijiwi Pablo Enikson Santana Bukaba de tres meses de nacido por presunta atención inadecuada en el Centro de Salud de la enunciada Inspección.

Niños y vivienda pueblo Nomada Waüpijiwi, Municipio de La Primavera – Vichada Colombia- Foto CCNPB- marzo 2018

 

 

Pablo Enikson Santana llevaba alrededor de veinte días enfermo, según informa a nuestra organización la comunidad indígena, como consecuencia de un traslado, desde la Inspección de Agua Verde a la cabecera municipal de La Primavera (a tres horas en automotor, aproximadamente), dicho desplazamiento se realizó por funcionarios del ICBF para realizar el “registro civil de nacimiento”, en medio de la fuerte temporada de invierno lo que expuso al menor a una aparente infección respiratoria. Avanzados los síntomas del malestar, sumado a la grave situación alimentaria por la que pasa el pueblo, el día 7 de junio, los padres Eliseo Moreno y Patricia Santana Bukaba asisten al Centro de Salud de Santaba Barbará de Agua Verde, en el cual se les suministran medicamentos, al parecer una dosis de “Acetaminofen” y le dan salida, sin posibilidad de un diagnóstico oportuno y completo. Según el relato de la comunidad, posterior a la atención médica el niño fue decayendo más y la vida se le iba de entre las manos a los sabios y comuneros; poco a poco se fue apagando ante los ojos de su pueblo.

 

El día viernes 8 de junio en horas de la tarde, posterior al fallecimiento, los líderes de la comunidad y el párroco de la Inspección nos informan a la Corporación Claretiana NPB sobre la situación, puesto que en el territorio no hay Inspector o Inspección de Policía que se haga cargo de los trámites legales y comunicar a las entidades competentes.

 

El día 09 de junio, sobre el medio día, los padres de Pablo Enikson lo llevan caminando en brazos a una hora y media desde su lugar de Asentamiento hasta el cementerio de la Inspección de Agua Verde. De forma artesanal, la comunidad con ayudas de habitantes de la inspección, realizan un cajón con tablones de madera y en conjunto, la comunidad indígena y el párroco de la inspección de Agua Verde deciden proceder a sepultarlo.

 

Antecedentes

 

La Corporación Claretiana Norman Pérez Bello, había advertido a las instituciones sobre la grave situación de derechos humanos de esta comunidad indígena.

 

Esta comunidad indígena hace parte del Pueblo Waupijiwi, que se considera uno de los pueblos con más amenaza de extinción en todo el país, y se encuentra asentada desde finales del mes de diciembre del año 2017 cerca al Caserío de Agua verde, Inspección de Santa Barbara- Municipio La primavera- Vichada. Alrededor de 68 personas, entre ellos 18 niños, que conforman la comunidad Indígena Waupijiwi realizan un retorno a lugar cercano a su territorio ancestral, ubicado en la Inspección de Santa Bárbara de Agua Verde- Municipio La Primavera.

  • Las razones de esta decisión se deben a las graves violaciones a los derechos, en la comunidad El Merey del resguardo de Caño Mochuelo, que ya se habían informado a las instituciones: A) una variedad de casos de violencia de género y principalmente de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes que se han presentado de forma sistemática en sus territorios. B), la grave situación de confinamiento territorial y alimenticia que viven las comunidades y etnias indígenas del resguardo Caño Mochuelo, Paz de Ariporo Casanare (principalmente las de carácter nomada o seminomada). C), a conflictos internos en el resguardo caño Mochuelo, en donde expresamente la Corporación Claretiana Norman Pérez Bello y autoridades indígenas de los pueblos Waupijiwi, Yamaleros y Maiben Masiware de este resguardo habían solicitado el acompañamiento al Ministerio del Interior en las iniciativas de estas autoridades para la promoción de la defensa de sus pueblos y en la reafirmación de su autonomía y gobierno propio como pueblos en peligro inminente de extinción. D),los Waüpijiwi son originarios del territorio de Weunuekua, ubicado cerca al Río Tomo en el Departamento del Vichada”[1], el nombre de su pueblo significa la gente del “Alto Vichada”, por lo cual la movilidad, correrías y el asentamiento en este territorio obedece al retorno a su lugar ancestral.
  • Según el Plan de Salvaguarda que data de 2013, la población oficial del pueblo Wipijiwi para este año era de 119 personas, lo que muestra, por una parte, la gran reducción de la población de este pueblo. Por otra, que es de extrema preocupación, es que la población del pueblo Waüipijiwi asentada en la grave situación humanitaria, sin condiciones mínimas de vida en el Municipio de la Primavera corresponde a alrededor del 50% de la población total de este pueblo en el país, por lo cual, la omisión de las instituciones significaría una amenaza de exterminio físico y cultural de este pueblo.
  • La comunidad indígena se ha constituido autónomamente con el nombre “Yajojta” y ha solicitado formalmente la protección de sus territorios ancestrales ante la ANT- Asuntos Étnicos, herramienta principal para su pervivencia.
  • Por último, alertamos de las posibilidades de conflicto con pobladores colonos, Hatos o actores particulares del municipio de La Primavera, ya que no hay una política completa de atención del Estado, lo que genera conflictos ya que las comunidades indígenas requieren de territorio lo cual amerita procedimientos formales que son demorados.

 

Solicitudes

 

  • Al Ministerio del Interior, en cabeza de la Oficina del Auto 004 de 2009 y 267 de 2017 llame y coordine una Mesa de Atención Interinstitucional específica para atender esta comunidad indígena en su conjunto con mecanismos integrales, partiendo y comprendiendo la condición nómada o semi-nómada de la comunidad, adquiriendo prelación en: a), las diversas atenciones del carácter humanitario necesario, b), la atención inmediata a la primera infancia, madres gestantes y lactantes, ancianos o adulto mayor, c), la garantía de la habitabilidad digna, d), sus derechos territoriales con enfoque diferencial.
    En relación con ello, realizar seguimiento a las siguientes solicitudes en este tratamiento interinstitucional.
  • A la Superintendencia de Salud investigue el caso dada la presunta negligencia institucional del Centro de Salud, de forma que se encuentren los responsables y se garantice la no repetición de este tipo de calamidades para la comunidad en su conjunto.
  • Al ICBF realice una investigación interna sobre lo enunciado por la comunidad; realice un acompañamiento integral a la primera infancia con mecanismos diferenciales y garantice la acción sin daño en el tratamiento a esta comunidad.
  • A la Defensoría del Pueblo asuma este caso como un caso prioritario, se sirva de garante y se pronuncie frente a la situación de la comunidad con un acompañamiento permanente y se pronuncie ante las negligencias institucionales por las diversas vulneraciones de derechos humanos a esta comunidad.
  • A la Subdirección de Asuntos Étnicos de la Agencia Nacional de Tierras, inicie el proceso de protección de sus territorios ancestrales como un caso de emergencia humanitaria y social por las necesidades territoriales de este pueblo.
  • A la Procuraduría General de la Nación en cabeza del Grupo de Asuntos Étnicos investigue las diversas negligencias institucionales y de funcionarios públicos en la garantía de los derechos humanos fundamentales y diferenciales para esta comunidad.
  • A la Organización de las Naciones Unidas ONU, a la Misión De Apoyo Al Proceso De Paz. En Colombia MAP- OEA acompañasen y sean veedores de la búsqueda de los derechos humanos para esta comunidad.

 

Bogotá. D.C., 12 de Junio de 2018

Carrera 15 No. 10 – 41- piso 3.

corpoclaretiananpb@corporacionclaretiana.org

www.corporacionclaretiana.org

 

 

 

 

 

Se dirige a:

JUAN MANUEL SANTOS

Presidente de la República de Colombia Casa de Nariño: Carrera 8 No.7-26;

Edificio Administrativo: Calle 7 No.6-54. Bogotá, Colombia Conmutador: (57 1) 562 9300(57 1) 562 9300

Fax: (+57 1) 566 20 71

e-mail: fsantos@presidencia.gov.co

 

OSCAR NARANJO

Vicepresidente De La República De Colombia

Carrera 8a No. 7-57.

Conmutador (57 1) 562 9300(57 1) 562 9300

e-mail: contactovicepresidencia@presidencia.gov.co, faxemailvice@presidencia.gov.co

 

LUIS CARLOS VILLEGAS

Ministro de la Defensa

Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.

e-mail: siden@mindefensa.gov.co, infprotocol@mindefensa.gov.co, mdn@cable.net.co

 

GUILLERMO RIVERA

Ministro del Interior

Sede Principal La Giralda: Carrera 8 No. 7 – 83 Bogotá, D.C.

Sede para correspondencia – Camargo: Calle 12 No. 8 – 38 Bogotá, D.C.

PBX: (+57) 1 242 74 00(+57) 1 242 74 00

e-mail: servicioalciudadano@mininterior.gov.co, notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co

 

DIEGO MORA

Unidad Nacional de Protección

Tel. 4269800 ext. 9377 – 9074 / diego.mora@unp.gov.co

 

ENRIQUE GIL

Ministro de Justicia

Calle 53 No. 13 – 27 – Bogotá, D.C.

PBX: (+57) 444 3100 Ext. 1820

Línea de Atención al Usuario: 01-800-09-11170

e-mail: ministro@minjusticia.gov.co, reclamos@mij.gov.co

 

FERNANDO CARRILLO

Procuraduría General De La Nación

Carrera 5ª nro. 15 – 60 (Bogotá)

Fax: (+57 1) 342 9723 – 284 7949 Fax: (+57 1) 342 9723

e-mail: quejas@procuraduria.gov.co, dcap@procuraduria.gov.co ,

asuntosetnicos@procuraduria.gov.co

 

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

Calle 55 # 10-32, Bogotá

Fax: (+57 1) 640 0491

email: asuntosdefensor@defensoria.gov.co, sat.gdocumental@defensoria.gov.co, mediosdefensoria7@gmail.com

 

NESTOR HUMBERTO MARTINEZ

Fiscalía General de la Nación

Tel: 091-2871960

e-mail: contacto@fiscalia.gov.co

 

LUIS FERNANDO ARIAS

Organización indígena de Colombia-ONIC

onic@onic.org.co

 

COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA EN COLOMBIA

Diagonal 46 No. 15 B – 07

Teléfono: (+57 1) 245 1048

Fax: 232 06 38 – Confirmación 232 14 77

e-mail: bogota.bog@icrc.org

 

SANTIAGO CANTON

Secretario Ejecutivo Comisión Interamericana de DDHH

e-mail: cidhoea@oas.org, apizarro@oas.org

 

OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS – OACNUDH

Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101

Edificio Teleport Bussines Park – Bogotá, Colombia

Teléfono PBX (57-1) 629 3636(57-1) 629 3636 (57-1) 629 3636(57-1) 629 3636

Fax: (+57 1) 629 3637

e-mail: oacnudh@hchr.org.co

 

ACNUR

Calle 71 # 12 – 55, Bogotá, Colombia

Tel. 546 3666

e-mail: colbo@unhcr.org

 

CHRISTIAN E. RODRIGUEZ GUTMANN

Misión De Apoyo Al Proceso De Paz En Colombia, MAPP-OEA

Oficina Regional de Villavicencio

Calle 20 # 40 – 62

Barrio Camoa     e-mail: crodriguez@mapp-oea.org

[1] “El pueblo Waüpijiwi está ubicado en el Departamento de Casanare, Resguardo Caño Mochuelo, habita en la comunidad de El Merey y no se reporta su presencia en ninguna otra parte del país”. Universidad El Externado. ICBF. Pueblo Waüpijiwi Situación Alimentaria y Nutricional – Pueblo Waüpijiwi Resguardo Caño Mochuelo. Estudio Nacional de la Situación Alimentaria y Nutricional de los Pueblos Indígenas de Colombia ENSANI 2012-2014. p, 23

Publicaciones Similares