UN AÑO DE LA SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SU 426- 16: ¿Y LA TIERRA QUÉ?

El 9 de noviembre de 2016 en la Inspección El Porvenir, Municipio de Puerto Gaitán, Departamento del Meta, el director de la Agencia Nacional de Tierras Señor Miguel Samper Strouss, hizo posesión material sobre las 27.000 hectáreas que hasta el 2014 pertenecieron a presuntos testaferros del fallecido “zar de las esmeraldas”, Víctor Carranza.

La decisión principal de hacer la toma material se relaciona con la tutela interpuesta por la comunidad campesina de El Porvenir, el pasado 09 de septiembre del 2015, donde se exigía la defensa de los derechos fundamentales a la vida, mínimo vital, acceso a la administración de justicia, debido proceso, igualdad, vivienda digna, trabajo, paz y tierra. Resultado de esta acción surge un fallo de la Corte Constitucional el 11 de agosto de 2016 con la Sentencia SU-426 del 2016, que además de hacerle un llamado de atención en varios apartes al antiguo INCODER, señala que es irrazonable que se ignore la presencia y el derecho histórico de la población campesina de El Porvenir.

Hoy 9 de noviembre de 2017, se cumple un año de hacerse la posesión material por parte de la Agencia Nacional de Tierras, donde públicamente y ante la comunidad campesina de El  Porvenir, manifestó “el Estado colombiano está y estará presente allí para hacer respetar sus derechos y garantizarles que en todo momento cualquier decisión sobre los terrenos se tomará en el marco de la Constitución y la ley”[1]. Sin embargo, la comunidad campesina, quienes interpusieron la tutela y quienes reconoce la Corte Constitucional como los sujetos de derechos de estos territorios desconocen que las siguientes ordenes de la Corte se hayan cumplido: si se reunió o no la Mesa Interinstitucional se reunió en los 10 días después del anuncio público emitido por el director de la ANT Miquel Samper; si para inicio del año 2017 la mesa enunciada construyó El Plan Estratégico para dar cumplimiento a la sentencia; desconocen los informes trimestrales que deben rendir estas instituciones; desconocen absolutamente que va a pasar con los predios, quienes están ya censados; si se han realizado las investigaciones pertinentes que permitan identificar la presencia de los perpetuadores del conflicto por la tierra o terceros que con las mismas intenciones estén o quieran ocupar estos territorios; y las acciones que las autoridades competentes deben realizar para preservar la seguridad de las comunidades.

¿Y la tierra qué?, aun se preguntan los campesinos e indígenas que habitan estos territorios. A un año de haberse anunciado públicamente que acatarían las ordenes de la Corte Constitucional y que “la Paz tiene los pies en la tierra del porvenir”[2], lo que la comunidad  campesina ve y siente es que se encuentran en el aire, que los derechos fundamentales no se cumplen y el acceso a la tierra no se define.

 

Corporación Claretiana Norman Pérez Bello

Noviembre 9 de 2017

[1] Agencia Nacional de Tierras. Tierras acumuladas ilegalmente por Carranza regresan a la Nación. Consultado el día 07 de Noviembre del 2017: http://www.agenciadetierras.gov.co/2016/11/10/6341/
[2] Agencia Nacional de Tierras. Tierras recuperadas de la ilegalidad en El Porvenir, Meta. Publicado el 21 nov. 2016 https://www.youtube.com/watch?v=ddHKWRnS1z4

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