DENUNCIA PÚBLICA No. 23: INVASIÓN Y HOSTIGAMIENTO DEL TERRITORIO ANCESTRAL INDÍGENA DEL PORVENIR, META – ASEINPOME-

7 de mayo de 2018

La Corporación Claretiana Norman Pérez Bello, denuncia a la comunidad nacional e internacional el hostigamiento y la invasión al asentamiento indígena ancestral – ASEINPOME- por 7 hombres, incurriendo en el delito que estipula el artículo 263 del código penal Colombiano, presuntamente escoltados por la policía local, aunque esta niega los hechos.

 

HECHOS

 

Siendo aproximadamente las 2:00 PM del 6 de mayo del 2018, 7 hombres que se movilizan en una camioneta  Toyota prado de color blanco con placas EKV 770, acompañados de agentes de la policía de la Inspección del Porvenir, entran de manera violenta al Asentamiento ASEINPOME, rompen y destruyen el broche de la cerca que delimita el Asentamiento indígena e invaden el rincón conocido como la Tigrera de la comunidad ASEINPOME, se instalan allí y aún permanecen talando árboles, construyendo una habitación.

 

El líder de los invasores Sr. Daniel Clavijo, trabaja con el sr. Elver Abril reconocido terrero de la región, junto con Jesús Alberto Contreras han INVADIDO y vendido los baldíos del Porvenir como se manifiesta en la resolución. 6423 de 2014, hoy protegidos por la sentencia SU 426-16.

 

La comunidad ASEINPOME manifiesta que en dialogo con la policía de la Inspección El Porvenir, se acordó que el lunes 7 de mayo se hace reunión en horas de la mañana para explicar a los invasores que ASEINPOME está bajo medidas de protección ancestral en el marco del decreto 2333 de 2014 y por esta razón deben abandonar los predios de la comunidad indígena; se acuerda que salen en las horas de la tarde del 7 de mayo. Sin embargo, los 7 invasores están cortando árboles y construyendo un rancho de aproximadamente 12 metros. (Se anexan fotos) Estos hechos son un delito estipulado en el artículo 263 del código penal colombiano[1].

 

ANTECEDENTES

 

El Territorio Ancestral y Sitios Sagrados del Asentamiento Indígena Porvenir Meta – ASEINPOME, son una comunidad indígena Sikuani – Kubeo que decidió regresar a su territorio ancestral  en la Inspección El Porvenir, Municipio de Puerto Gaitán,  en el segundo semestre del 2015. Desde su regreso al territorio ancestral son víctimas de múltiples violencias que a continuación presentamos.

 

  • El 13 de Junio de 2016, a las 11:30 am, a las 2:30 de la tarde, el señor Marco Ardila llama al gobernador de la comunidad Kubeo – Sikuani, Señor Mauro Chipiaje Gaitán y le comunica que de parte del señor Hollman Carranza les está ofreciendo 20 millones de pesos por cada casa que está construida en el predio donde se encuentra asentada la comunidad, que recoja este dinero en Villavicencio y desocupen los predios, si no acepta esta oferta van a matar a toda la comunidad en dos días.
  • Siendo las 11 AM del 15 de Junio del 2016, El señor Marco Ardila, llama del teléfono 320890 42 65 al Señor Luis Fernando Chipiaje, integrante de la comunidad ASEINPOME, donde le manifiesta que el señor Hollman Carranza les ofrece 20 millones de pesos por cada casa que hay en el asentamiento indígena Kubeo-Sikuani; que se presente a Villavicencio el 20 de Junio, sino se presenta, está en riesgo toda la comunidad. Marco Ardila le dice al señor Luis Fernando que si necesita dinero para desplazarse hasta Villavicencio, le hace un giro de un millón de pesos para que cumpla la cita para la negociación del predio ASEINPOME.
  • El viernes 17 de junio de 2016 alrededor de las 14:30 PM, el señor Marco Ardila llama de nuevo del teléfono 3208904265 al señor Luis Fernando y le insiste de nuevo en que acceda a la propuesta del Señor Hollman Carranza.
  • Siendo aproximadamente las 9 :00 PM, del domingo 4 de diciembre de 2016, El Intendente Gómez de la Policía Nacional en función de su servicio en la Inspección del Porvenir, Municipio de Puerto Gaitán, ingresó de forma intimidatoria con las luces de su moto de dotación apagada, arma de fuego en mano y linterna, a la Comunidad del Asentamiento Ancestral Indígena Kubeo – Sikuani, ASEINPOME, revisando y asediando a la casa donde habita el Gobernador Indígena,  les amenazó con desplazarlos de su territorio, les intimidó y amedrantó con palabras y gritos  mal intencionados, se retiró del Asentamiento en su moto de dotación alrededor de las 9:20 PM.
  • Siendo las 8:00 AM del día lunes 28 de agosto de 2017, el encargado de custodiar “Matarredonda” una gran porción de tierras invadida por personas de la familia Sierra, en los predios de El Porvenir (Puerto Gaitán), quien, según la comunidad indígena, se dirigió a la casa del Gobernador Kubeo- Sikuani, Don Mauro Chipiaje para “prevenirlos” de que: “en horas de la noche de hoy, llegarían hombres armados en motos y carros para desplazar a toda la comunidad de los predios donde viven actualmente y que él venía a informarles para evitar una MASACRE. La comunidad Kubeo- Sikuani tomo esto como una evidente amenaza, ante lo cual están en alerta máxima y denuncian para que las autoridades y la comunidad nacional e internacional garanticen que no se cumplan dichas amenazas.
  • Intimidaciones transmitidas a través de un panfleto de los autodenominados paramilitares de las AUC, que dicen actuar en el Meta y Casanare, en contra de los presidentes de varias Juntas de Acción Comunal, entre ellas de la vereda de Matarratón y la inspección El Porvenir. Este panfleto está circulando desde el día 21 de febrero de 2018.
  • Siendo las 11:00 AM, del 15 de abril de 2018, ingresan sin permiso al Asentamiento ASEINPOME, 5 hombres en una camioneta de alta gama preguntando por el gobernador indígena Mauro Chipiaje, las personas no se identifican, solo le informan a la comunidad que están buscando al señor gobernador para hablar con él personalmente, la comunidad no le suministra ninguna información a los 5 hombres, y al no encontrarse el Gobernador, estas personas le informan a la comunidad que después vuelven, se retiran. La comunidad da aviso a la Corporación Claretiana para que se comunique con la Policía y el Ejército Nacional que se hace presencia en la Inspección de El Porvenir, los cuales se comunican con la comunidad y se ponen al tanto de los hechos. El día 17 de Abril en la Inspección El Porvenir se realiza una reunión convocada por la oficina de acceso a tierras de la ANT, donde nuevamente aparecen los 5 hombres en la Camioneta y le solicitan a la policía que requieren hablar con las autoridades indígenas de ASEINPOME, porque ellos son ex trabajadores de Carranza y por el tiempo que trabajaron al servicio del señor Carranza tienen derecho a los predios donde está ubicado ASEINPOME.

 

Queremos manifestar que, de conformidad con los compromisos adquiridos del gobierno nacional con el movimiento indígena y de acuerdo a la necesidad de dar implementación al Decreto 2333 de 2014, relacionado con la delimitación y demarcación de territorios ancestrales, ASEINPOME hace parte de los territorios priorizados, donde el gobernador MAURO CHIPIAJE GAITAN identificado con Número de Cedula 97. 600. 175 en su calidad de cabildo indígena por la comunidad indígena y autoridades tradicionales del ASENTAMIENTO INDÍGENA DE EL PORVENIR- META – ASEINPOME, ubicado en la Inspección el Porvenir, Municipio de Puerto Gaitán, departamento del Meta con el acompañamiento de la Corporación Claretiana, viene adelantando un proceso ante la Subdirección de Asuntos Étnicos de la gencia Nacional de Tierras con el  expediente denominado: TERRITORIO ANCESTRAL y SITIOS SAGRADOS DEL ASENTAMIENTO INDÍGENA PORVENIR META con número 201851008299800010E.

 

Es por lo anterior que estos hechos de invasión a una comunidad indígena son ilegales y si las personas que en este momento invaden el territorio tienen algo que reclamar no es por la fuerza irrumpiendo en la armonía y bienestar de una comunidad, es acercándose a las entidades como la agencia nacional de tierras o la alcaldía de Puerto Gaitán para que les proporcionen información clara y veraz sobre los trámites que deben adelantar, no es por la violencia el invadir territorios de una comunidad indígena.

 

Cabe resaltar que estos hechos ocurren justo ahora que se encuentra publicado en la cartelera municipal de Puerto Gaitán desde el pasado 26 de abril el auto 004 de la agencia nacional de tierras, donde se manifiesta la protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados y poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente para la comunidad Sikuani- Kubeo, del Asentamiento indígena del Porvenir Meta – ASEINPOME, localizada en la Inspección El Porvenir, Municipio de Puerto Gaitán , Departamento del Meta.

 

SOLICITUDES

 

  • Solicitamos la intervención de las autoridades civiles y policiales y coordinar con la autoridad indígena la suspensión inmediata de la invasión del territorio.
  • Solicitamos a la Procuraduría General de la Nación para que investigue el accionar de la policía nacional en este acto ilegal de apoyar una invasión a un predio protegido y que justo ahora se encuentra en curso un estudio por protección ancestral indígena por la Agencia Nacional de Tierras.
  • Procuraduría General dentro del mandato que le da la corte constitucional en la sentencia SU426-16 revisar y sancionar a lo que haya lugar en las actuaciones del Estado frente a los derechos, responsabilidades y ante la negligencia de la Dirección de acceso a tierras de  la Agencia Nacional de Tierras, autoridades locales y departamentales.
  • Hacemos un llamado urgente a las autoridades de la Policía Nacional de la región y Ejercito Nacional para que garanticen los derechos fundamentales a la vida, a la tierra, brindar protección, a la vez que respetan a la comunidad indígena, sus territorios y su autoridad ancestral, manteniendo un dialogo y coordinación efectivos.
  • A la Fiscalía General de la Nación, para que, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, adelanten las investigaciones pertinentes.
  • La Defensoría del pueblo, velar y garantizar el respeto de los derechos fundamentales de las comunidades indígenas del Porvenir.
  • Solicitamos a la Agencia Nacional de Tierras, tome nota y agilice las acciones relacionadas con la protección al territorio ancestral indígena ASEINPOME.
  • Requerimos a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a la Misión de Apoyo al Proceso de paz en Colombia (Mapp-OEA), a la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), como garantes de los derechos humanos en el mundo, exhortar al gobierno nacional para que se garanticen por fin, los derechos a la vida, la tierra y el territorio de la comunidad Sikuani- Kubeo, del Asentamiento indígena del Porvenir Meta – ASEINPOME, localizada en la Inspección El Porvenir, Municipio de Puerto Gaitán , Departamento del Meta.

 

Bogotá, 7 de mayo de 2018

Se dirige a:

JUAN MANUEL SANTOS

Presidente de la República de Colombia Casa de Nariño: Carrera 8 No.7-26;

Edificio Administrativo: Calle 7 No.6-54. Bogotá, Colombia Conmutador: (57 1) 562 9300(57 1) 562 9300

Fax: (+57 1) 566 20 71

e-mail: fsantos@presidencia.gov.co

 

OSCAR NARANJO

Vicepresidente De La República De Colombia

Carrera 8a No. 7-57.

Conmutador (57 1) 562 9300(57 1) 562 9300

e-mail: contactovicepresidencia@presidencia.gov.co, faxemailvice@presidencia.gov.co

 

LUIS CARLOS VILLEGAS

Ministro de la Defensa

Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.

e-mail: siden@mindefensa.gov.co, infprotocol@mindefensa.gov.co, mdn@cable.net.co

 

GUILLERMO RIVERA

Ministro del Interior

Sede Principal La Giralda: Carrera 8 No. 7 – 83 Bogotá, D.C.

Sede para correspondencia – Camargo: Calle 12 No. 8 – 38 Bogotá, D.C.

PBX: (+57) 1 242 74 00(+57) 1 242 74 00

e-mail: servicioalciudadano@mininterior.gov.co, notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co

 

DIEGO MORA

Unidad Nacional de Protección

Tel. 4269800 ext. 9377 – 9074 / diego.mora@unp.gov.co

 

ENRIQUE GIL

Ministro de Justicia

Calle 53 No. 13 – 27 – Bogotá, D.C.

PBX: (+57) 444 3100 Ext. 1820

Línea de Atención al Usuario: 01-800-09-11170

e-mail: ministro@minjusticia.gov.co, reclamos@mij.gov.co

 

FERNANDO CARRILLO

Procuraduría General De La Nación

Carrera 5ª nro. 15 – 60 (Bogotá)

Fax: (+57 1) 342 9723 – 284 7949 Fax: (+57 1) 342 9723

e-mail: quejas@procuraduria.gov.co, dcap@procuraduria.gov.co

 

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

Calle 55 # 10-32, Bogotá

Fax: (+57 1) 640 0491

email: asuntosdefensor@defensoria.gov.co, sat.gdocumental@defensoria.gov.co, mediosdefensoria7@gmail.com

 

NESTOR HUMBERTO MARTINEZ

Fiscalía General de la Nación

Tel: 091-2871960

e-mail: contacto@fiscalia.gov.co

 

LUIS FERNANDO ARIAS

Organización indígena de Colombia-ONIC

onic@onic.org.co

 

COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA EN COLOMBIA

Diagonal 46 No. 15 B – 07

Teléfono: (+57 1) 245 1048

Fax: 232 06 38 – Confirmación 232 14 77

e-mail: bogota.bog@icrc.org

 

SANTIAGO CANTON

Secretario Ejecutivo Comisión Interamericana de DDHH

e-mail: cidhoea@oas.org, apizarro@oas.org

 

OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS – OACNUDH

Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101

Edificio Teleport Bussines Park – Bogotá, Colombia

Teléfono PBX (57-1) 629 3636(57-1) 629 3636 (57-1) 629 3636(57-1) 629 3636

Fax: (+57 1) 629 3637

e-mail: oacnudh@hchr.org.co

 

ACNUR

Calle 71 # 12 – 55, Bogotá, Colombia

Tel. 546 3666

e-mail: colbo@unhcr.org

 

CHRISTIAN E. RODRIGUEZ GUTMANN

Misión De Apoyo Al Proceso De Paz En Colombia, MAPP-OEA

Oficina Regional de Villavicencio

Calle 20 # 40 – 62

Barrio Camoa     e-mail: crodriguez@mapp-oea.org

 

 

versión Pdf

 

DENUNCIA PUBLICA ASEINPOME 7 MAYO 2018 VS FINAL

[1] “El que con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno o edificación ajenos, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses y multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena establecida en el inciso anterior será de cuatro (4) a ocho (8) años de prisión para el promotor, organizador o director de la invasión. El mismo incremento de la pena se aplicará cuando la invasión se produzca sobre terrenos ubicados en zona rural. PARAGRAFO. Las penas señaladas en los incisos precedentes se rebajarán hasta en las dos terceras partes, cuando antes de pronunciarse sentencia de primera o única instancia, cesen los actos de invasión y se produzca el desalojo total de los terrenos y edificaciones que hubieren sido invadidos.”

Publicaciones Similares