COMUNICADO PÚBLICO:
30 de marzo del 2020, Bogotá D.C.
PREOCUPACIÓN POR LOS PUEBLOS DE LA ORINOQUÍA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL COVID-19
Desde la CORPORACIÓN CLARETIANA NORMAN PÉREZ BELLO – CCNPB, organización de la sociedad civil, defensora de Derechos Humamos y el Derecho Internacional Humanitario acompañante de comunidades indígenas, campesinos y víctimas del conflicto armado colombiano, asumimos y respaldamos, las medidas asumidas por un gran número de colombianos y colombianas de estar en cuarentena en decisión autónoma y responsable. De la misma forma consideramos que las decisiones tomadas por el gobierno nacional, están fuera de enfrentar la gravedad de lo que vivimos en Colombia. Estas no se ajustan a las necesidades ciudadanas, mucho menos al sector rural –indígena y campesino-, por el contrario, afecta en gran medida el presupuesto de los entes territoriales, no se invierte de forma proporcional a la crisis, en alimentación, salud, servicios públicos entre otros, pero si, al contrario, entregan dinero a sectores privados aprovechando la crisis, en detrimento de la nación.
Desde hace más de una década venimos acompañando a comunidades indígenas y campesinas del Meta, Vichada y Casanare en sus reivindicaciones de derechos, en procesos de fortalecimiento organizativo, soberanía alimentaria, formación y asesoría jurídica. Asumiendo el reto de sumarnos a aquellas acciones en pro del bienestar de los pueblos y a manifestar las preocupaciones que están aquejando a la población indígena de la Orinoquia.
Existen fuertes carencias que impiden que los pueblos indígenas de estos departamentos afronten la cuarentena obligatoria y con ello, la pandemia. El carácter seminómada de estas etnias que se proveen de alimentos por medio del cultivo, la caza, la pesca y recolección, hace que las medidas de aislamiento agraven su situación de vulneración, especialmente a los pueblos que habitan asentamientos en la periferia de las cabeceras municipales quienes no tienen posibilidad de cultivar y sobreviven de trabajos informales, reciclaje y mendicidad. Así mismo, la falta de agua, vivienda digna y los difíciles cuadros de salud hacen que estas comunidades no cuenten con las condiciones sanitaria para enfrentar sus problemáticas diarias de salud, mucho menos el brote pandémico.
A continuación, presentamos algunas de las preocupaciones más latentes en los municipios donde la CCNPB viene trabajando:
CASANARE.
Resguardo Indígena de Caño Mochuelo: Este resguardo que alberga 14 comunidades y 10 pueblos, en cabeza de su cabildo-gobernado, han tomado la medida de aislarse como forma preventiva frente a la pandemia del COVID-19 sin embargo, las comunidades están preocupadas por los escases de alimentación, agua potable y medicinas.
VICHADA, La Primavera.
Asentamiento Indígena Trompillo-Kuway: alberga unos 490 indígenas en 24 hectáreas, entre ellos 68 menores de edad y 38 adultos mayores. Se encuentran ubicados a 10 minutos del casco urbano.
Asentamiento Yajotja-etnia Waüipijiwi: ubicado en la inspección de Agua Verde, alberga 62 indígenas en 4 hectáreas –tierras privadas- entre ellos 28 menores de edad y 3 adultos mayores. En los últimos dos años han muerto dos menores de edad en situación de desnutrición, esta etnia se encuentra al borde de la extinción con solo 120 habitantes en la Orinoquia.
Ninguna de las comunidades cuentan con el abastecimiento en alimentos necesarios para cumplir con la medida de cuarentena y hoy en día se encuentran en situación de hambruna. Han solicitado material plástico para revestir sus casas fabricadas con lonas y tejas. Existe carencia de elementos de protección y salubridad. De igual forma, los resguardos indígenas del municipio (La Pascua, La Llanura y Campo Alegre y Ripialito) han implementado medidas de control territorial y manifestado su preocupación por la escasez de trabajo y alimento.
Puerto Carreño.
En el Asentamiento Morichalito Matsuldani en el corregimiento de La Venturosa habitan indígenas de las etnias Amorúa y Sikuani quienes normalmente tienen dificultades en el acceso a la alimentación por limitaciones en su extensión territorial. Así mismo, este asentamiento ha aumentado su población al ser receptor de población indígena proveniente de Venezuela en el último año lo que ha generado desplazamientos hasta el caso urbano de Puerto Carreño para sobrevivir de la mendicidad o el reciclaje.
Los pueblos Sikuani y Amorúa ubicada en el barrio La Granja-Asentamiento La Esperanza, la mayoría de estas familias vienen desplazadas por la violencia de municipio de La Primavera, Vichada. Se encuentran en condiciones de precariedad y vulnerabilidad frente al acceso de servicios básicos como el agua potable, alimentación, medicamentos y servicio de salud. En nuestra última visita a esta comunidad encontramos 53 personas sin documentos de identidad, no se encuentran censados ni la comunidad esta registrada ante el Ministerio del Interior.
Cumaribo.
Se presentan dificultades en las familias para acceder a los alimentos debido a la especulación de precios donde no hay un control por parte de las autoridades locales. Problemas en el acceso y garantía del derecho a la salud de los habitantes del municipio, que no cuentan con un hospital de tercer nivel y en capacidad de realizar pruebas a quienes presenten síntomas de la pandemia una situación preocupante por la cantidad de comunidades indígenas y campesinas, así como las largas distancias para acudir al centro hospitalario.
Hacemos especial énfasis en los habitantes de las inspecciones de Puerto Príncipe, Werima y Chupave habitadas principalmente por adultos y adultos mayores, cerca de 427 familias campesinas que le apuestan a la paz desde su participación en el Plan Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito.
En el Decreto 070 del 17 marzo de 2020, mediante el cual se declara la emergencia sanitaria preventiva en el departamento del Vichada y se adopta medidas de preparación, contención y mitigación de riesgo causada por el coronavirus (COVID 19), no se evidencia un plan de contingencia con enfoque étnico, ni en específico para la población indígena, quienes habitan mayoritariamente el territorio vichadense. En este mismo sentido, en el artículo 3, numeral 10. “se invita a las comunidades indígenas del departamento a tomar las medidas necesarias de acuerdo a las directrices dadas por el nivel nacional mediante la Circular Externa 00015 del 01 de marzo de 2020” Por ello, solicitamos conocer los planes de acción y ofertas institucionales en favor de estos pueblos.
Por otro lado, en el artículo 10 del mismo decreto, la gobernación “adopta medidas concurrentes entre el departamento y los municipios para garantizar el suministro de agua potable a los asentamientos con desabastecimiento, que les garantice cumplir con las medidas de auto cuidado personal y colectivo para evitar el contagio del COVID-19”. De conformidad a lo estipulado en el anterior artículo, no se ha evidenciado la aplicabilidad de lo decretado en las comunidades indígenas mencionadas.
META.
El Porvenir, Puerto Gaitán.
Asentamiento Indígena de ASEINPOME, ubicado en área rural del caserío de El Porvenir, en el municipio de Puerto Gaitán Meta, alberga 230 indígenas de las etnias Sikuani y Kubeo, entre ellos 82 menores de edad y 30 adultos mayores, que se encuentran si agua potable, alimentos y medicinas, para atender las enfermedades como diarrea y fiebre que se están presentando en estos momentos, debido al consumo de agua no tratada. Al día de hoy, 10 personas de la comunidad tienen fiebre, entre estas 2 adultas mayores y 3 sensores de edad y se encuentran a la espera de atención médica.
De igual forma, en el centro poblado de la inspección, habitan alrededor de 120 familias campesinas, con gran presencia de adultos mayores que presenta enfermedades crónicas como diabetes e hipertensión arterial, quienes no tienen centro de salud más allá de las abandonadas instalaciones lo que implica el traslado a los municipios de Puerto Gaitán u Orocué-Casanare, colocando en riesgo la vida de la población en general por las distancias que deben recorrer. A pesar de la existencia de dos fallos de las altas Cortes –Sent. STP 16298-2015 Corte Suprema y, SU-426-2016 corte Constitucional- mediante los cuales se ordena amparar derechos económicos sociales y culturales, así como el derecho a la tierra, hoy en día la comunidad no cuenta con condiciones para afrontar el impacto de la pandemia.
Reconocemos que estas situaciones no son únicamente de las comunidades que acompaña la CCNPB ni de este momento coyuntural, por el contrario, la llegada de la pandemia ha dejado expuesta la cruda realidad estructural del pésimo acceso a la salud, como derecho fundamental, así, como la vida indígena y campesina, en una región, en la que los derechos fundamentales siguen siendo un privilegio.
Exigimos en favor de las comunidades que, desde la institucionalidad, se tomen medidas que recojan, beneficien y protejan la población indígena, además de articular con las juntas de cabildo de cada comunidad y los organismos de salud de cada municipio para adelantar un plan de emergencia con ocasión de posibles casos de contagio en esta población.
Tal situación impacta el diario vivir de todo el país y en particular a las comunidades indígenas, quienes ya han confirmado los dos primeros casos de COVID 19 en de la etnia indígena Yukpa, ubicado al Norte de Santander, en Cúcuta.
SOLICITUDES
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Brindar apoyo inmediato a la población indígena en el marco de las ayudas humanitarias¸ proveyendo alimentos suficientes, elementos de aseo y demás insumos e implementos que garanticen que las comunidades puedan cumplir el aislamiento en óptimas condiciones.
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Tener en cuenta a las comunidades indígenas de los ASENTAMIENTOS que no encuentran en los censos del Ministerio del Interior y en las que sus miembros ni siquiera cuentan con documentos de identificación, estas deben ser prioridad ya que son las más vulnerables.
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Garantizar la seguridad y protección frente a la emergencia sanitaria, para que personas extrañas a los resguardos no ingresen sin justificación alguna, respetando la autonomía a las autoridades y guardias indígenas que hacen control territorial, con el ánimo de proteger y salvaguardar a su población. Si es necesario mediante comunicado o en medios de amplia circulación, que se haga.
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Que los decretos de carácter general, emitidos en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia, tengan un enfoque diferencial étnico, y en lo posible se emitan aquellos, que sean en específico en pro de las comunidades indígenas, salvaguardando sus vidas, pues, bien se sabe que las comunidades viven en colectivo, y no tiene por costumbre generar medidas de protección ante estas pandemias.
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De forma urgente tener instalaciones médicas y/o puestos de salud cerca a las comunidades campesinas e indígenas, y dotar adecuadamente en las regiones al personal de salud. Para que no les toque desplazarse a largas distancias y sin los recursos suficientes.
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Así mismo, incluir en las medidas fijadas por gobierno nacional y entes territoriales, la práctica de pruebas para el COVID-19 a las personas de las comunidades.
Dirigido a:
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ. Presidente de la República de Colombia Casa de Nariño: Carrera 8 No.7-26 Edificio Administrativo: Calle 7 No.6-54. Bogotá, Colombia Conmutador: (57 1) 562 9300 (+57 1) 382 28800 Fax: (+57 1) 566 20 71 E-mail: contacto@presidencia.gov.co
MARTA LUCÍA RAMÍREZ DE RINCÓN
Vicepresidente de la República. Carrera 8A N° 7 – 57 Edificio Administrativo: Calle 7 No.6-54. Bogotá, Colombia Conmutador: (+57 1) 444 2120 (+57 1) 407 1212
E-mail: contacto@presidencia.gov.co / http://mlr.vicepresidencia.gov.co
ALICIA OLMOS ARANGO
Ministra del Interior, Carrera 8 No. 7 – 83 B / Calle 12 No. 8 – 46 Bogotá, D.C. PBX: (+57) 1 242 74 00 (+57) 1 242 74 00 Ext. 3110 – 3111
E-mail: servicioalciudadano@mininterior.gov.co / notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co
Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías Ministerio del Interior
Ministra del Interior, Carrera 8 No. 7 – 83 B / Calle 12 No. 8 – 46 Bogotá, D.C. PBX: (+57) 1 242 74 00 (+57) 1 242 74 00 Ext. 3110 – 3111
E-mail: hilduarabarliza47@gmail.com / servicioalciudadano@mininterior.gov.co / notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co
FERNANDO RUÍZ GÓMEZ
Ministro de Salud: Carrera 13 No. 32-76, piso 1- Bogotá D.C. +57(1) 330 5071.
E-mail: asoler@minsalud.gov.co
RODOLFO ZEA NAVARRO.
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural. Dirección: Avenida Jiménez N°. 7A – 17 Bogotá, D.C. PBX 57(1) 254 33 00
E-mail: atencionalciudadano@minagricultura.gov.co / notificacionesjudiciales@minagricultura.gov.co
RICARDO JOSÉ LOZANO PICÓN
Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Calle 37 No. 8-40 Bogotá, D.C. – Conmutador: (57-1) 3323400.
E-mail: servicioalciudadano@minambiente.gov.co
CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA
Defensor del Pueblo Carrera: 9 # 16-21 – Piso 11- Bogotá, D.C Fax: (+57 1) 3144000 Ext.: 2315 – 2316
E-mail: atencionciudadano@defensoria.gov.co / asuntosdefensor@defensoria.gov.co
JAIME ALBERTO ESCRUCERIA DE LA ESPRIELLA
Defensoría Delegada para Grupos Étnicos. Dirección. Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. PBX: (57+1) 7395656. FAX: (57+1) 7395657.
E-mail: jescruceria@defensoria.gov.co
AURA UPEGUI OLAYA. Defensora Regional Vichada. Dirección: carrera 11 N° 24-71. Celular 310 2034675- E-mail: vichada@defensoria.gov.co
ANA MARÍA JIMENEZ TRIANA. Defensora Regional Meta, Dirección: Carrera 36 No. 34A-36. Celular 310 853 93 37.
E-mail: anjimenez@defensoria.gov.co / meta@defensoria.gov.co.
FERNANDO CARRILLO FLÓREZ
Procurador General De La Nación. Dirección: Carrera 5ª #. 15 – 60 –Bogotá, D.C. Fax: (+57 1) 342 9723 – 284 7949 Fax: (+57 1) 342 9723 PBX: (+57 1) 5878750
E-mail: quejas@procuraduria.gov.co / asuntosetnicos@procuraduria.gov.co
RICHARD MORENO RODRÍGUEZ. Procurador delegado para Asuntos Étnicos. Dirección: Carrera 5 N° 15-80. Edificio Principal. Piso 15. Teléfono: 5878750. Ext. 11502-11505-11506-11508. Bogotá, D.C.
E-mail: asuntosetnicos@procuraduria.gov.co / rmorenor@procuraduria.gov.co rimoro14@yahoo.com
ANDRÉS FERNANDO DUQUE CÁRDENAS.
Alcalde municipal de La Primavera Vichada. Dirección: Dirección: Calle 4 No. 8 – 89 Teléfono: (57) 320 499 66 27 Celular: 3204996627.
E-mail: alcaldia@laprimavera-vichada.gov.co / contactenos@laprimavera-vichada.gov.co / notificacionesjudiciales@laprimavera-vichada.gov.co
JAIR BELTRÁN.
Alcalde municipal de Puerto Carreño Vichada
Dirección: Carrera 9 N° 18 – 87, Palacio Municipal, Puerto Carreño, Vichada. Teléfono: (+57) 8 311 219 5114 / Fax: (+57) 8 565 4324
E-mail: contactenos@puertocarreno-vichada.gov.co / despacho@puertocarreno-vichada.gov.co
JUAN CARLOS CORDERO.
Alcalde municipal de Cumaribo Vichada. Dirección: Calle 7 N.º 11-98 Barrio el Centro. Teléfono: 312 – 3372937. celular: 3123372937.
E-mail: alcaldia@cumaribo-vichada.gov.co / contactenos@cumaribo-vichada.gov.co
ÁLVARO ARLEY LEÓN FLÓREZ.
Gobernador del Vichada. Dirección: Calle: 18 No. 7-48 Barrio el Centro. Teléfono: 320 3727456. Celular: 320 372745.
E-mail: contactenos@vichada.gov.co / notificacionesjudiciales@vichada.gov.co / secsalud@vichada.gov.co
JORGE PLAZAS HERNÁNDEZ.
Alcalde municipal de Puerto Gaitán Meta. Dirección: Calle 10 No. 10-60 Barrio Centro – Palacio Arnaldo Riobueno Riveros. Teléfono: (8) 6460050.
E-mail: alcaldia@puertogaitan-meta.gov.co / juridica@puertogaitan-meta.gov.co
JUAN GUILLERMO ZULUAGA.
Gobernador del Meta. Dirección: Carrera 33 N° 38-45 Plaza Libertadores – Centro. PBX: (+57) 8 681 85 00.
E-mail: oficinaatencionalciudadano@meta.gov.co / notificacionesjudiciales@meta.gov.co
OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS – OACNUDH
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SANTIAGO CANTON
Secretario Ejecutivo Comisión Interamericana de DDHH – CIDH.
E-mail: cidhoea@oas.org / apizarro@oas.org
Sra. VICTORIA TAULI CORPUZ (Filipinas)
Relatora Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
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